Cómo tributar por tus ventas online desde 2024

Ya está todo preparado para que la la Directiva (UE) 2021/514 se ponga en marcha en España. Esto afectará a las ventas que realices a través de internet, ya seas societario, autónomo o persona física.

Una ley para dominarlos a todos

Las principales plataformas de ventas online que se van a ver afectadas serán:

Facebook Marketplace
Wallapop
Vinted
eBay
AirBNB

Si has realizado compras o ventas durante los últimos meses ya te habrás percatado de algunos cambios que han estado sucediendo en este tipo de plataformas, como la solicitud del DNI o la verificación de la cuenta bancaria.

Esto se debe porque debido a que la ley española que incorpora dicha directiva (Ley 13/2023, de 24 de mayo) obliga los operadores de plataformas digitales a informar a la Administración tributaria de los movimientos de los usuarios aportando información y documentación justificativa para comprobar la veracidad de la misma. Los operadores se verán observados por inspecciones conjuntas entre la Administración tributaria española y la de otros Estados, con efectos a partir del 1 de enero de 2024.

Una ley que te afecta

Los vendedores de ventas online no estarán obligados a dar sus datos si no realizan muchos movimientos en este tipo de plataformas. Sin embargo, si llegas a sobrepasar ciertos límites, entonces puede haber complicaciones. Dichos problemas aparecerían en el caso de que los vendedores cierren un mínimo de 30 ventas en un solo año o lleguen a generar más de 2.000 euros en la venta de productos.

En el caso de llegar a estos límites, el vendedor tiene la obligación de dar sus datos antes del 31 de diciembre del año en el que se han realizado las operaciones. De negarse a proporcionar esta información, existe la posibilidad de que la cuenta del vendedor sea suspendida de la plataforma.

«En ningún caso, los intermediarios estarán obligados a suministrar la información cuando el importe anual bruto de los ingresos obtenidos por los vendedores a través de la plataforma sea igual o inferior a 2.500 euros, o su equivalente en la moneda del Estado miembro de identificación del vendedor.»

Ley 13/2023, de 24 de mayo

«Los operadores de plataformas digitales deberán recopilar, verificar, actualizar y comunicar datos sobre las operaciones de los vendedores que actúen a través de su plataforma, cuando estos cumplan alguno de los siguientes criterios: a) Que el número de operaciones anuales sea igual o superior a 30. b) Que el importe anual bruto de los ingresos obtenidos por los vendedores a través de la plataforma sea igual o superior a 2.000 euros.»

Ley 13/2023, de 24 de mayo

«Los operadores de plataformas digitales deberán conservar la información y documentación obtenida durante un período de 10 años a partir del 31 de diciembre del año en que se recopile la información, salvo en los casos en que la normativa aplicable prevea un plazo superior.»

Ley 13/2023, de 24 de mayo

Si bien la recogida y el tratamiento de los datos debe guiarse por el RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) esto significa que los vendedores tendrán que aportar más información sensible a plataformas que, en caso de ciberataque, pueden llegar a perder información que puede jugar en contra del vendedor,

Una ley para los europeos

Al tratarse de una directiva europea, ningún ciudadano europeo está libre de estos cambios, ni dentro ni fuera de suelo europeo.

De hecho, los ciudadanos europeos que se encuentren fuera de la Unión Europea y utilicen estas plataformas para vender bienes o prestar servicios en Europa seguirán obligados a otorgar esta información a las autoridades fiscales, a no ser que muden su residencia fiscal fuera de la UE.

En cuanto a los no europeos que utilicen estas plataformas de ventas online, si se trata de vendedores independientes de ventas online, también estarán sujetos a las obligaciones de comunicación de información establecidas en la Directiva 2021/514 siempre y cuando estén como residentes fiscales en la Unión Europea.

¿Cómo declarar estas ganancias?

Aún existe escasa información sobre cómo se llevará a cabo este procedimiento, sobre todo teniendo en cuenta que la tributación de estos beneficios se realizará en la Declaración de 2024 que se realizará en 2025.

Hasta ahora la venta de vienes de segunda mano ha sido tratada como un beneficio procedente del ahorro, por lo que en la declaración se le aplica la base imponible del ahorro: si el beneficio ha sido de hasta 6.000 euros, tributará al 19%; si es de 6.001 a 50.000 euros, tributará al 21%; y si es más de 50.000 euros, lo hará al 23%. Esto se tributa a través del modelo 600 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Para poder hacerlo adecuadamente se recomienda presentar el tiquet de compra del producto para conocer la onerosidad de la transacción.

Aviso

Se recomienda encarecidamente que, ante cualquier duda o inquietud relacionada con la tributación de ventas en línea o cualquier otro asunto fiscal, se busque el asesoramiento de un profesional en la materia. Los cambios en la normativa tributaria pueden tener implicaciones significativas, y un asesor fiscal o contador puede proporcionar orientación específica y actualizada para garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales.

Recomendaciones para el ciudadano

  • Asesoramiento profesional: Ante cualquier inquietud o duda sobre el impacto de estas modificaciones en tu situación fiscal, es recomendable que busques asesoramiento profesional, ya sea de un asesor fiscal o de una autoridad competente en materia tributaria.
  • Conocimiento de las obligaciones: Es importante que estés al tanto de las obligaciones fiscales que te incumben, especialmente en el contexto de transacciones realizadas a través de plataformas en línea, y que te mantengas informado sobre los cambios normativos que te afecten.
  • Cumplimiento normativo: Es recomendable que cumplas con las obligaciones fiscales correspondientes, incluyendo la debida declaración y pago de impuestos derivados de tus actividades económicas, así evitarás notificaciones y sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
  • Transparencia y colaboración: En el marco de la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, se recomienda mantener una actitud transparente y colaborativa con las autoridades tributarias, proporcionando la información requerida de manera oportuna y veraz.

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